AFIP suspende juicios de ejecución fiscal a empresas de salud

El Ministerio de Salud definirá el listado de prestadores que serán beneficiados por la medida dispuesta por la AFIP, que regirá hasta fin de año.
El Ministerio de Salud definirá el listado de prestadores que serán beneficiados por la medida dispuesta por la AFIP, que regirá hasta fin de año.

La AFIP dispuso oficialmente hoy suspender hasta el 31 de diciembre de este año el inicio de los juicios de ejecución fiscal y la traba de embargos a empresas e instituciones prestadoras de servicios de salud.

El Ministerio de Salud definirá el listado de prestadores que serán beneficiados por esta decisión, según la Resolución General 5154 publicada en el Boletín Oficial. Asimismo, el organismo, destacó que la medida busca garantizar el normal desempeño de los establecimientos, instituciones y demás prestadores que conforman el sector.

La Resolución General precisa que entre los beneficiarios, estarán prestadores médico-asistenciales; instituciones de salud mental; establecimientos de rehabilitación; residencias geriátricas; empresas de emergencias médicas e internación domiciliaria; prestadores del PAMI y/o de Agentes del Seguro de Salud. También, se incluyen a obras sociales nacionales y provinciales.

El ente recaudador, justificó esta decisión al señalar que en el contexto de emergencia, los prestadores médico-asistenciales públicos y privados “cumplen un rol preponderante y resultan componentes esenciales del sistema para afrontar la pandemia”.

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