AFIP lanzó un nuevo régimen de blanqueo para inversiones inmobiliarias

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) inició un nuevo régimen para la regularización de inversiones inmobiliarias,
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) inició un nuevo régimen para la regularización de inversiones inmobiliarias,

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha lanzado una nueva iniciativa para el blanqueo de inversiones en el sector inmobiliario, facilitando la regularización de obras en curso o nuevas mediante un innovador Registro de Proyectos Inmobiliarios (REPI). Este paso forma parte del Régimen de Regularización de Activos establecido por la Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, y ofrece una vía sin costo y sin tope para la regularización de fondos destinados a proyectos inmobiliarios.

El REPI permitirá a los inversores directos, desarrolladores, constructores, vehículos de inversión y contratistas registrar inversiones en una variedad de proyectos inmobiliarios, desde construcciones residenciales y no residenciales hasta reformas, ampliaciones y mejoras. Según el comunicado de la AFIP, los interesados podrán inscribir sus proyectos sin necesidad de abrir una Cuenta Especial de Regularización; en cambio, bastará con asociar una cuenta de su titularidad al proyecto correspondiente. La Resolución General (RG) 5549/24, que será publicada en breve en el Boletín Oficial, proporcionará los detalles operativos adicionales sobre este proceso.

Este nuevo régimen de blanqueo también está en consonancia con la reciente Comunicación “A” 8090 del Banco Central de la República Argentina (BCRA), que establece directrices sobre la forma en que deben manejarse las transferencias de fondos para los proyectos registrados. Los sujetos que opten por la regularización deberán proporcionar un código de registración del proyecto y la constancia de la Clave Bancaria Uniforme (CBU) asociada para realizar las transferencias.

En paralelo a esta medida, la AFIP ha llevado a cabo operativos conjuntos con la Dirección General Impositiva y la Dirección de los Recursos de la Seguridad Social, con el objetivo de hacer un control exhaustivo sobre el mercado inmobiliario y de la construcción. Estas acciones han revelado que, de un universo de más de 8.000 inversores, se han identificado 188 que están inscriptos solo como monotributistas y otros 135 sujetos operan fuera del sistema, habiendo invertido una suma total de 6.000 millones de pesos. Además, se descubrió que más del 50% de los trabajadores en el sector presentan irregularidades en su registración, con un 20% sin declarar y un 30% reportando parte de su salario de manera informal.

La AFIP también ha realizado visitas a consorcios de edificios y barrios cerrados para evaluar la capacidad tributaria de los sujetos obligados al pago de expensas, como parte de un esfuerzo mayor para mejorar la transparencia y el cumplimiento fiscal en el sector inmobiliario.

AFIP amplía plazos para declaraciones y pagos de Ganancias, Bienes Personales e Impuesto Cedular

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió los plazos para la presentación de las declaraciones juradas y el pago de los impuestos a las Ganancias, Bienes Personales e Impuesto Cedular correspondientes al período fiscal 2023. La Resolución General N° 5550/24, emitida por el organismo, establece nuevas fechas límite para cumplir con estas obligaciones tributarias, con el objetivo de facilitar el cumplimiento por parte de los contribuyentes y responsables.

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A continuación, se detallan las nuevas fechas de presentación y pago:

✔ Fechas de presentación de declaraciones juradas:

  • ◉ Terminación de CUIT: 0, 1, 2 y 3
    Fecha de presentación: hasta el 18/09/2024
  • ◉ Terminación de CUIT: 4, 5 y 6
    Fecha de presentación: hasta el 19/09/2024
  • ◉ Terminación de CUIT: 7, 8 y 9
    Fecha de presentación: hasta el 20/09/2024

✔ Calendario de pagos relacionado:

  • ◉ Ingresos especiales de importes a cuenta para los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales (40% sobre la base de cálculo de los anticipos del período fiscal 2023 – RG 5548/24):
    • ◆ Terminación de CUIT: 0, 1, 2 y 3
      Fecha de pago: hasta el 26/08/2024
    • ◆ Terminación de CUIT: 4, 5 y 6
      Fecha de pago: hasta el 27/08/2024
    • ◆ Terminación de CUIT: 7, 8 y 9
      Fecha de pago: hasta el 28/08/2024

  • ◉ Manifestación de adhesión y pago inicial del Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP) – para sujetos que no adhirieron al Régimen de Regularización de Activos:
    • ◆ Terminación de CUIT: 0, 1, 2 y 3
      Fecha de pago: hasta el 19/09/2024
    • ◆ Terminación de CUIT: 4, 5 y 6
      Fecha de pago: hasta el 20/09/2024
    • ◆ Terminación de CUIT: 7, 8 y 9
      Fecha de pago: hasta el 23/09/2024

  • ◉ Declaración jurada y pago del saldo del impuesto del Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP) – para sujetos que no adhirieron al Régimen de Regularización de Activos:
    • ◆ Terminación de CUIT: 0, 1, 2 y 3
      Fecha de pago: hasta el 30/09/2024
    • ◆ Terminación de CUIT: 4, 5 y 6
      Fecha de pago: hasta el 30/09/2024
    • ◆ Terminación de CUIT: 7, 8 y 9
      Fecha de pago: hasta el 30/09/2024

Con esta extensión de plazos, la AFIP busca ofrecer un alivio temporal a los contribuyentes, permitiendo una mejor planificación y cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

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