Abrieron las inscripciones al Repro II: ¿Cómo acceder?

Hay tiempo de solicitar la ayuda económica hasta el 1 de julio. Los meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la AFIP serán mayo de 2019 y de 2021.
Hay tiempo de solicitar la ayuda económica hasta el 1 de julio. Los meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la AFIP serán mayo de 2019 y de 2021.

A partir de este viernes 25 de junio y hasta el 1 de julio inclusive, queda abierta la inscripción para acceder al Programa de Reactivación Productiva II (Repro II). Así lo estableció el pasado miércoles el Ministerio de Trabajo, que precisó que el auxilio está destinado para los salarios devengados durante este mes.

Así lo determina la Resolución 344/2021 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social publicada hoy en el Boletín Oficial, que fija para el Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Críticos el mismo plazo de inscripción que para el Repro II.

El monto de la asistencia es variable según el sector en que la empresa desarrolle sus actividades: “Afectados no críticos”: hasta $ 9.000; “Críticos”: hasta $ 12.000 (por disposición transitoria serán $ 22.000); “Sector salud”: hasta $ 22.000.

Esta medida beneficiará a gastronómicos, empresas de turismo, y otros sectores de la economía considerados críticos desde la irrupción de la pandemia. A su vez, la resolución incluye a monotributistas y autónomos y el Gobierno estableció diferentes criterios de preselección en cuanto a fechas de facturación y nómina de las empresas que necesiten recibirlo.

Los meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) serán mayo de 2019 y de 2021, pero no se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1 de enero de 2019.

Asimismo, el mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia será mayo último; el corte de actualización de bajas de nómina será hasta el 23 de junio; y el de CBU hasta el 22 de junio último.

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El Ministerio Trabajo prorrogó el viernes pasado el Repro II para los salarios devengados este mes, y extendió también el Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadoras y Trabajadores Independientes en sectores críticos.

Para los sectores críticos, la facturación para el período comprendido entre el 1 y el 22 de junio de 2021 y el mismo lapso de 2019, debe presentar una reducción superior al 20% en términos reales. Esta condición no rige para trabajadoras y trabajadores independientes, en caso que la fecha de inscripción al régimen de trabajo independiente correspondiente sea posterior al 1 de enero de 2019.

Para las y los independientes, en caso de contar con trabajadoras y trabajadores bajo su dependencia, la dotación de personal no podrá ser superior a cinco, en el mes anterior a la solicitud del beneficio. En caso que una empleadora o un empleador no perteneciente a un sector crítico, cuente con trabajadoras y trabajadores dependientes prestando servicios en el ámbito de los centros de compra, será encuadrado como crítico.

Los trabajadores podrán solicitar la ayuda a través de la página oficial de la AFIP por el que se pide el Repro (https://www.afip.gob.ar/medidas-de-alivio/medidas/repro-II/solicitud.asp), aunque luego se le requerirá culminar el trámite a través de la página del Ministerio de Trabajo.

Fuente: Télam y TyC Sports

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