Ayer, la Legislatura de Córdoba reglamentó la Ley para pacientes electrodependientes que había sido aprobada más de un año atrás. Finalmente, como se comunicó en el Boletín Oficial de la Provincia, se dio la reglamentación correspondiente al “Régimen Especial para Pacientes Electrodependientes por cuestiones de Salud”, emitido con la firma del Ministro de Salud, Francisco Fortuna.
EL MINISTRO DE SALUD RESUELVE:
1°- APRUÉBASE la Reglamentación de la Ley Nro. 10.511 de “Régimen Especial para Pacientes Electrodependientes por cuestiones de Salud”, elaborada por la Unidad Ejecutora Ley 10.511; la que compuesta de DOS (02) fojas, forma parte del presente Instrumento Legal como Anexo I.
2°- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
En primer lugar se considera abarcable en la regulación a aquellos dispositivos “cuyo mal funcionamiento o funcionamiento nulo por interrupción de la energía eléctrica implique riesgo para la preservación de la vida del paciente”. Y deja la acción en manos de la Subsecretaría de Discapacidad Rehabilitación e Inclusión de la Provincia, en base a las indicaciones del médico tratante y el informe socio ambiental.
Entre las medidas oficializadas se encuentra la línea telefónica gratuita, la eximición de derechos de conexión a los domicilios donde resida el paciente, otros canales de comunicación como correo electrónico, WhalsApp, Facebook, etc.
La semana pasada expresamos nuestra preocupación por la falta de Reglamentación de la Ley para pacientes elctrodepndientes . https://t.co/LUuaxSVoHn
Hoy vemos que se ha publicado en el Boletín Oficial la reglamentaciónhttps://t.co/mYV7t43MZV— Liliana Montero (@monteroliliana) 6 de diciembre de 2018