El gobierno nacional modificó la Ley de Lealtad Comercial y endureció las sanciones a las empresas por incumplimientos, con multas por hasta $ 200 millones.
También prevé la suspensión del Registro Nacional de Proveedores del Estado por hasta cinco años, la pérdida de concesiones, privilegios, regímenes impositivos o crediticios especiales y la clausura de hasta 30 días.
Así lo establece el decreto 274/2019, publicado hoy en el Boletín Oficial, según el cual el Gobierno “tiene entre sus objetivos principales mejorar las condiciones de competitividad de la economía, así como también simplificar y dinamizar el comercio”.
La norma aclaró que sus contenidos se aplicarán “en cualquier acto de competencia desleal, realizado antes, durante o después de una operación comercial o contrato, independientemente de que éste llegue a celebrarse”.
Ya está publicada la edición del 22/04/2019 del Boletín Oficial de la República Argentina.
Podes visualizarla en https://t.co/5HF1BTW1PQ— Boletín Oficial R.A. (@boletin_oficial) 22 de abril de 2019
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